Se volvió a desenvainar el acuerdo porcino entre Argentina y China. Un periodista del Cronista comunicó que accedió al memorándum del acuerdo que busca instalar 25 mega factorías de cerdos en varios puntos del país. Si bien la Cancillería argentina salió a desmentir la información, aprovechamos la polémica para recordar qué implica el acuerdo y cuáles son los pasos que se saltó el gobierno para tomar una decisión de tal trascendencia: por ejemplo, la audiencia pública con carácter obligatorio previa a la resolución y demás mecanismos de participación ciudadana.
Desde hace un año Argentina avanza en la negociación sobre la producción y exportación de carne de cerdo a China. ¿A qué se debe esto? En los últimos años la peste porcina africana arrasó la producción de carne de cerdo y la redujo a la mitad. China produce el 40 por ciento del total de la producción porcina a nivel global, lo que equivale a 40 millones de toneladas anuales. ¿Por qué? La demanda anual promedio de carne de cerdo en este país es de de 50 millones de toneladas anuales (según datos del Departamento de Agricultura de los EEUU), lo que equivale a más de 30 kg/hab/año (si dividimos el total de toneladas por la cantidad de sus habitantes) y consume el 28 por ciento de la producción de carnes del mundo.
En el contexto de crisis socioeconómica que atraviesa nuestro país esto se presenta como una “gran” oportunidad ya que hasta el momento Argentina se encuentra muy por debajo (700 mil toneladas anuales) del ranking de producción porcina en comparación con China, Alemania, España, Francia y Dinamarca. Pero la pregunta es…¿Qué hay de cierto y factible en este “proyecto” que se presenta como la gran promesa para acabar con el 42% de pobreza en nuestro país? ¿Podemos cubrir la demanda de carne a los más de 1,4 miles de millones de habitantes en China, pero no podemos desarrollar un sistema alimenticio que permita abastecer a casi la mitad de los habitantes que hoy se encuentran por debajo de la línea de pobreza en Argentina? ¿Cuáles fueron/son los factores tenidos en cuenta a la hora de considerar esta alternativa como una potencial en la reactivación económica? ¿Quiénes participan y bajo qué criterios se lleva a cabo la toma de decisiones en este tipo de acuerdos? ¿Qué sabemos acerca de los procesos que se deben llevar a cabo?
Desde los inicios de la negociación los comunicados oficiales no fueron más que alentadores ya que significaría la entrada de “3.500 millones de dólares por año, que se vienen a inyectar en Argentina para generar empleo y desarrollo” ya que “la exportación de carne por tonelada multiplica entre 12 y 15 veces el valor del grano. En lugar de exportar 200 dólares promedio por tonelada de granos, estaríamos recibiendo 2.800 dólares por tonelada” decía hace un año el subsecretario de Ganadería y Producción Animal en una entrevista donde se le preguntaba acerca de los objetivos de la negociación. ¿Pero qué se dice acerca de los impactos ambientales negativos que esto podría ocasionar? ¿Qué sabemos acerca del sacrificio y la sobreexplotación a la que se someterán nuestros recursos para garantizar cubrir esta demanda? Un dato no menor es que actualmente la mayor parte de los alimentos producidos como el maíz y la soja son directamente destinados para el criado de los animales, entonces, ¿el aumento en la producción porcina intensificará aún más la producción de estos alimentos? El subsecretario agrega: “producimos alimentos para producir carne en otros lados del mundo. Es una matriz primarizada bastante compleja, porque exportamos el 76% del maíz en granos sin procesar y el 80% de la soja se exporta como poroto o harina luego de haberse extraído el aceite, una producción bastante primaria, sin valor agregado. La exportación de carne por tonelada multiplica entre 12 y 15 veces el valor del grano”, entonces… ¿Es posible que este modelo reemplace el actual? ¿Qué mejoras propone este sistema productivo y que a su vez garantice su sustentabilidad?

Si bien en la misma nota aclara que se está trabajando en una “evaluación ambiental estratégica”, ¿qué se sabe actualmente de este procedimiento? ¿Y de la resolución por parte de la autoridad de aplicación? Claro está que son muchas las preguntas y es muy poca la información con la que contamos sobre los documentos oficiales y de las pautas del memorándum sobre el que ya se trabaja desde el año pasado. Memorándum que no dio lugar a la participación pública y que por eso desconocemos. Memorándum que aparece como primera instancia pero que debería haberse tratado como un proyecto respaldado de un proceso de evaluación de impacto ambiental desde el comienzo. Someter un proyecto a una evaluación de este tipo implica que la autoridad de aplicación encargada de hacerlo pueda decidir si el proyecto es viable o no, si necesita ser revisado o si debe ser rechazado.
Varios son los ministerios involucrados en esta negociación, entre ellos, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. ¿Qué responsabilidad tiene este organismo en cuanto a la escasa información, la falta de lineamientos y de participación ciudadana en el marco de la resolución de este acuerdo? No sabemos si el ministerio lo sabe, pero en Argentina rige la Ley General del Ambiente (nro 25.675) que establece los presupuestos mínimos y “tiene por objeto imponer condiciones necesarias para asegurar la protección ambiental”.
De los artículos 11 al 13 la ley describe quiénes, cómo y bajo qué condiciones se llevará a cabo el proceso de evaluación ambiental como instrumento de Gestión Ambiental. Debe realizarse en “toda obra o actividad que, en el territorio de la Nación, sea susceptible de degradar el ambiente, alguno de sus componentes, o afectar la calidad de vida de la población, en forma significativa”. Del artículo 19 al 21 trata sobre la participación ciudadana y aclara que “las autoridades deberán institucionalizar procedimientos de consultas o audiencias públicas como instancias obligatorias para la autorización de aquellas actividades que puedan generar efectos negativos y significativos sobre el ambiente” y que “deberá asegurarse, principalmente, en los procedimientos de evaluación de impacto ambiental y en los planes y programas de ordenamiento ambiental del territorio, en particular, en las etapas de planificación y evaluación de resultados”.
Los confrontamientos o conflictos ambientales surgen, en gran medida, como consecuencia a la falta de transparencia y de participación pública previa a la ejecución de ciertos proyectos en donde estos pudiesen representar una amenaza para la comunidad. Esto impide que profesionales interesados y capacitados, así como el general de la población afectada, puedan intervenir y participar en la resolución de su aprobación o desaprobación de manera no vinculante pero tal como dice la ley, obligatoria.
Un antecedente como el de la expulsión de Monsanto en Río Cuarto demuestra que estas instancias de participación son demandadas por la comunidad informada y organizada, no así iniciativa de los gobiernos que deben hacer cumplir la ley. En 2013, tras movilizaciones y estrategias de visibilización, Río Cuarto dijo no a la instalación de la planta experimental de Monsanto en una audiencia pública con participación de 70 vecinos, vecinas e instituciones. Sin la exigencia por parte de la comunidad nos hubiéramos perdido el valioso discurso de una alumna de 9 años del colegio primario de barrio Jardín Norte: “Si no son peligrosos los agrotóxicos, ¿por qué fumigan de noche?”, preguntó al auditorio.
¿Qué pasa en las provincias?
Sabemos que Chaco firmó un acuerdo en noviembre del año pasado para instalar tres complejos porcinos con inversión china. Cada complejo estará integrado por cinco granjas de 2400 madres cada una, lo que nos dice que los gobernadores ya están haciendo convenios particulares con empresas privadas chinas para aumentar el stock porcino de exportación.
Cada jurisdicción tiene el deber y el compromiso de desarrollar y especificar cómo se llevará a cabo la implementación de la ley de presupuestos mínimos respetando las pautas de la ley nacional, pudiendo incluso mejorarla. ¿Por qué esto es importante? Según lo que sabemos del acuerdo sino-argentino se instalarán 25 granjas de más de 12 mil madres cada una, que suponemos (ya que no hay información sobre cómo se aplicará el acuerdo) que serán distribuidas en distintos territorios del país, pero… ¿Qué sabemos acerca de las normativas en cada provincia?
Por ejemplo, Córdoba cuenta con la ley Ambiental 10.208 sancionada en el 2014 que reafirma y complementa los presupuestos mínimos nacionales de la ley general. Esta ley provincial adhiere 2 anexos que especifican cuáles proyectos están sujetos obligatoriamente a presentación de estudio de impacto ambiental y audiencia pública (Anexo 1) y cuáles están obligatoriamente sujetos a presentación de aviso de proyecto y condicionalmente sujetos a presentación de estudio de impacto ambiental (Anexo 2).
Veamos qué dice la ley cordobesa sobre los porcinos:
17. Tratamiento y vertido final de aguas servidas de comunidades de más de 10.000 habitantes.
36. b) Explotaciones intensivas de especies animales: – Porcinas: planteles de crianza y/o engorde de animales con capacidad para alojar diariamente una cantidad igual o superior a 50 toneladas.
2. Proyectos de producción agropecuaria, caza y pesca.
b) Porcinas: planteles de crianza y/o engorde de animales.
3. Proyectos de infraestructura y equipamientos.
C) Gestión del agua.
c) Infraestructura hidráulica para uso agrícola: manejo de sistemas de riego, ferti-irrigación y conducción de aguas para otros usos agropecuarios.
D) Equipamientos Ambientales.
h) Remediación de suelos.
i) Proyectos de saneamiento.
Córdoba también cuenta con la ley 7.343 de principios rectores para la preservación, conservación, defensa y mejoramiento del ambiente cuyos anexos también determinan qué actividades o proyectos están sujetos obligatoriamente o condicionalmente a evaluación de impacto ambiental y aviso de proyecto.
Más allá de las leyes nacionales, cada jurisdicción debe contar con normativas destinadas a la preservación y conservación del ambiente, con instrumentos de gestión ambiental adaptados a cada realidad que permitan regular cualquier actividad o explotación garantizando el mínimo impacto, o por el contrario, para impedir la ejecución de aquellas actividades que no se pueden llevar adelante en el marco de una gestión sustentable o adecuada.
¿Antidesarrollo o falta de credibilidad?
El acuerdo porcino con China aún no es un hecho pero requiere atención por la escasa información a la que tenemos acceso sobre su aplicación. El pasado 12 de julio un periodista de el Cronista comunicó que se cerró el acuerdo a pesar de la desaprobación pública y las movilizaciones que pusieron el foco del debate en el impacto ambiental y sobre la salud de las comunidades involucradas. La Cancillería argentina desmintió la información y el periodista (poseedor de buenas fuentes oficiales) salió a ratificarse. Los sectores opositores al acuerdo (desde movimientos ambientalistas, veganos, hasta sectores de la agricultura familiar y cooperativistas) estallaron en alerta y denunciaron la falta de divulgación sobre el proyecto y de información precisa.
¿“Antidesarrollo” es el término que mejor define la oposición a este acuerdo? ¿No es acaso la falta de información y de participación ciudadana lo que hace de esto algo poco creíble y carente de fundamentos lógicos y sostenibles? Un proyecto de esta escala amerita un proceso de evaluación correspondiente y un plan de mitigación semejante a la magnitud de sus impactos. Entonces, ¿justificará el ingreso de capitales extranjeros el costo ambiental que de esto devenga? ¿Qué sabemos sobre otras alternativas para afrontar el problema económico y social? ¿Sabemos si la sostenibilidad es un tema de discusión en la mesa de quienes definen nuestro “futuro”? Es un desafío para el Estado y para los distintos actores involucrados tanto públicos como privados, en desarrollar una serie de estrategias y políticas que permitan darle credibilidad y viabilidad a los sistemas productivos actuales. Donde el costo beneficio de estos justifique su aprobación y donde los planes de mitigación o remediación sean planteados desde el inicio del proceso acompañado de una consulta popular y de una audiencia pública dando lugar a la etapa de participación ciudadana.
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Hacernos estas preguntas es lo que nos permite construir un pensamiento crítico acerca de cómo queremos vivir de aquí en más, que futuro esperamos para estas y para futuras generaciones. También es lo que nos motiva a involucrarnos y a participar en el proceso de toma de decisiones porque contamos con las herramientas jurídicas para hacerlo, y comunicar, es la manera que encontramos para acercarlas. Necesitamos soluciones reales para hacerle frente al problema social y económico en el que estamos sumergidos desde hace décadas. Sabemos que oponernos a este tipo de propuestas productivas de manera irrefutable no nos conduce a un lugar de discusión sino de conflicto, pero la falta de transparencia y el pacto de silencio en estos casos no nos han dejado opción.
Exigimos que se respeten los derechos que tenemos como sociedad a saber, participar e intervenir en la planificación y decisión de estos proyectos. Debemos garantizar el equilibrio entre desarrollo y medio ambiente, es nuestro derecho y es obligación de los organismos competentes hacer que esto sea posible.
*Soy estudiante de Ingeniería Ambiental de la Facultad de Ciencias Exactas Físicas y Naturales de la Universidad Nacional de Córdoba. Inicie mis estudios en el 2014, año que comenzó a dictarse por primera vez esta carrera en la institución. Actualmente me encuentro transitando la recta final y estoy desarrollando mis prácticas supervisadas en un proyecto de plan de cierre en un sitio de enterramiento de residuos sólidos urbanos, lo que viene siendo una gran oportunidad de experiencia y aprendizaje en mi formación como futura profesional. Puedo decir que el contenido académico de esta ha superado ampliamente mis expectativas, lo que hoy me despierta un gran interés en muchas áreas antes desconocidas para mi. Especialmente aquellas que tienen una especial vinculación con lo social, como la de la comunicación.

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